Complemento de convenio
Complemento de baja (IT) en el Convenio colectivo interprovincial de la industria de hostelería y turismo de Cataluña (2025-2028)
Ficha del convenio
Tu convenio te obliga a complementar desde el día 16 (hasta el 100% del salario en los tramos más largos)
Convenio colectivo interprovincial de la industria de hostelería y turismo de Cataluña (2025-2028)
El trabajador/a en situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad común con hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, tendrá derecho a la percepción del 100% de su salario a partir del primer día y hasta un tope máximo de doce meses [...] En caso de incapacidad temporal por enfermedad común: del primer al decimoquinto día las establecidas por la ley a cargo del empresario. Del decimosexto al trigésimo el 80% del salario y del trigésimo primero en adelante [...] el 100% de dicho salario. Se tendrá derecho a las mejoras [...] a partir de los 180 días de antigüedad en la empresa.
- Artículo:
- Artículo 45. Enfermedad y accidente
- Publicación:
- DOGC núm. 9630, 2026-03-23
- Vigencia:
- 2028-12-31
- Fuente:
- texto publicado
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Paso 2. Tu situación
Con un salario de 22.000 €, cada baja de 21 días te cuesta ~63 € solo en complemento.
Escenario aplicado: Enfermedad común sin hospitalización, trabajador con más de 180 días de antigüedad
Coste anual esperado en complementos
741 €
Tu convenio te compromete a ~741 € al año en complementos que probablemente no presupuestas, con 20 empleados en plantilla.
Tu convenio está en un punto intermedio: complementa, pero por tramos o a partir de cierto día.
Metodología y advertencia
Prestación legal considerada (contingencia común, régimen general): días 1 a 3 sin subsidio; días 4 a 20 el 60% de la base reguladora; desde el día 21 el 75%. El complemento diario es la diferencia entre el porcentaje garantizado por tu convenio y el subsidio de ese día.
Coste anual esperado = plantilla × 12,3 días de baja por empleado y año (tasa de Incapacidad Temporal del 5,6%, Randstad Research Q1 2026, × 220 jornadas) × complemento medio diario de la baja tipo.
Orientativo. El texto vigente de tu convenio y tu caso concreto mandan; las cifras usan medias sectoriales y el escenario indicado en la ficha.
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Preguntas frecuentes
- ¿Desde qué día se complementa la baja en el Convenio colectivo interprovincial de la industria de hostelería y turismo de Cataluña (2025-2028)?
- Desde el día 16 de la baja. Enfermedad común sin hospitalización, trabajador con más de 180 días de antigüedad
- ¿Qué porcentaje del salario hay que pagar?
- Días 1 a 15: sin complemento de convenio (Sin complemento de convenio: solo lo legal). Días 16 a 30: 80% (Requiere 180 días de antigüedad). Días 31 en adelante: 100% (Requiere 180 días de antigüedad).
- ¿Qué pasa si hay hospitalización?
- 100% del salario desde el día 1 (Enfermedad común con hospitalización o cirugía con reposo domiciliario).