Complemento de convenio

Complemento de baja (IT) en el Convenio colectivo del comercio vario de la Comunidad de Madrid (2025-2028)

Ficha del convenio

Tu convenio te obliga a complementar hasta el 100% del salario desde el día 1

Convenio colectivo del comercio vario de la Comunidad de Madrid (2025-2028)

La empresa abonará al trabajador/a que se encuentre en incapacidad temporal o accidente laboral por un período máximo de dieciocho meses el siguiente complemento: a) Hasta el 100 por 100 del salario en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional. b) Hasta el 100 por 100 del salario en la primera incapacidad temporal del año natural por enfermedad común. c) En la segunda y sucesivas bajas [...] el complemento del 100 por 100 del salario se aplicará desde el cuarto día de la baja [...] en caso de hospitalización el complemento alcanzará hasta el 100 por 100 del salario desde el primer día.
Artículo:
Artículo 57. Enfermedad y accidentes
Publicación:
BOCM núm. 183, 2025-08-02
Vigencia:
2028-12-31

Paso 1. Encuentra tu convenio

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Dinos cuál es, o el nombre y provincia de tu empresa, y te enviamos su ficha en 24 h.

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Paso 2. Tu situación

14.00060.000
empleados
1250

Con un salario de 22.000 €, cada baja de 21 días te cuesta ~606 € solo en complemento.

Escenario aplicado: Primera baja del año: 100% desde el día 1

Coste anual esperado en complementos

7.096 €

Tu convenio te compromete a ~7.096 € al año en complementos que probablemente no presupuestas, con 20 empleados en plantilla.

Tu convenio está entre los más exigentes: complementa el salario íntegro desde el primer día.

Metodología y advertencia

Prestación legal considerada (contingencia común, régimen general): días 1 a 3 sin subsidio; días 4 a 20 el 60% de la base reguladora; desde el día 21 el 75%. El complemento diario es la diferencia entre el porcentaje garantizado por tu convenio y el subsidio de ese día.

Coste anual esperado = plantilla × 12,3 días de baja por empleado y año (tasa de Incapacidad Temporal del 5,6%, Randstad Research Q1 2026, × 220 jornadas) × complemento medio diario de la baja tipo.

Orientativo. El texto vigente de tu convenio y tu caso concreto mandan; las cifras usan medias sectoriales y el escenario indicado en la ficha.

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Preguntas frecuentes

¿Desde qué día se complementa la baja en el Convenio colectivo del comercio vario de la Comunidad de Madrid (2025-2028)?
Desde el día 1 de la baja. Primera baja del año: 100% desde el día 1
¿Qué porcentaje del salario hay que pagar?
Días 1 en adelante: 100% (Primera IT del año natural). Días 4 en adelante: 100% (Segunda y sucesivas bajas: días 1-3 sin complemento).
¿Qué pasa si hay hospitalización?
100% del salario desde el día 1 (Hospitalización).

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